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Otro tarifazo

Las operadoras solicitaron una actualización del abono básico que ronda el 200 por ciento. En caso de ser aprobada, su implementación llevará dos meses debido a que las empresas deben comunicar el nuevo precio a los usuarios con al menos 60 días de anticipación, de acuerdo a la ley de Defensa del Consumidor.

La decisión de actualizar el valor del abono del servicio básico telefónico "no está definido" aseguraron este martes a la agencia de noticias Télam diferentes fuentes del mercado, que recordaron que en el caso de ser aprobada su implementación llevará dos meses debido a que las empresas deben comunicar el nuevo precio a los usuarios con al menos 60 días de anticipación, de acuerdo a la ley de Defensa del Consumidor.

El pedido de actualización -formulado por operadoras de telefonía fija- tiene por objetivo actualizar el valor del abono básico, que se encuentra congelado en 13 pesos mensuales desde 1997, a 40 0 45 pesos, lo que representa un incremento de entre 200 y 240 por ciento.

En su momento, en especial después de 2005, la implementación de los paquetes de servicios o los planes con la modalidad de tarifa plana fueron las estrategias de las operadoras Telecom y Telefónica de Argentina para liberarse en parte del congelamiento de la tarifa.

"La telefonía fija está desvalorizada", señalan los expertos para recordar que "en un país con cortes de energía programados, el único servicio que funciona sin luz es el teléfono fijo".

De todos modos la decisión del aumentar este ítem no está cerrada. En primer lugar porque hay posiciones encontradas sobre si las empresas que prestan el servicio básico telefónico pueden definir un incremento por sí mismas o si deben tener el aval del Gobierno.

Hasta ahora las operadoras y algunos funcionarios del Ministerio de Comunicaciones consideran que el decreto de necesidad y urgencia 267 derogó el artículo 48 de la ley conocida como Argentina Digital sobre precios, tarifas y gravámenes. Por lo que sostienen que desaparece la tarifa básica para dar paso al precio, libre y desregulado.

Sin embargo, el artículo 81 de la misma ley, que no fue derogado por ese DNU, que versa sobre las competencias de la autoridad de aplicación, incluye en el inciso 'r' la capacidad de ésta de "determinar, autorizar, registrar y publicar las tarifas de los servicios en las condiciones previstas en esta ley".

Sin importar cuál de estas posturas se imponga, unos y otros coinciden en que las empresas deberán notificar con al menos 60 días de anticipación a los usuarios, en cumplimiento a la ley de defensa del consumidor.

La importancia de la línea fija también tiene una correlación con la tecnología disponible hoy en el mercado, dado que las conexiones a internet por ADSL (las que ofrecen las telefónicas) sólo puede prestarse si los usuarios tienen en sus casas una línea básica de telefonía fija.

La regulación, dicen los especialistas, debe promover la competencia, y en definitiva hacer que los usuarios tengan más opciones. Para algunos el congelamiento de las tarifas desincentivó la inversión y por ello es que no hubo una modificación relevante en la cantidad de líneas fijas en uso.


Martes, 8 de marzo de 2016
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