En efectivo, sólo se podrán comprar hasta 500 dólares Así lo dispuso el Banco Central. Quienes quieran adquirir un monto mayor, deberán hacerlo por un mecanismo bancarizado. El Banco Central dispuso que las compras en moneda extranjera que superen los 500 dólares sólo podrán realizarse mediante transacción bancaria.
"Para las compras de billetes en moneda extranjera y de divisas que superen los 500 dólares por mes calendario, la operación sólo puede efectuarse con débito a una cuenta a la vista, con transferencia vía MEP o mediante cheque", aclara la circular 5850 del Banco Central.
Por otra parte, el Gobierno nacional oficializó este viernes el fin de los encajes exigidos desde 2005 para las inversiones extranjeras y para las deudas tomadas por privados fuera de la Argentina, y redujo de 365 a 120 días el plazo mínimo de permanencia en el país de los fondos ingresados.
La Resolución 3/2015 del ministerio de Hacienda, publicada hoy en el Boletín Oficial, forma parte de las medidas anunciadas en los últimos días por el Poder Ejecutivo que pusieron fin a las restricciones que existían en el mercado cambiario.
Según los considerandos, la medida busca "contribuir a la profundidad y liquidez del mercado en cuestión, modificando las exigencias" existentes para los fondos ingresados desde el exterior.
Esa restricción llevó a que los principales índices internacionales bajaran la calificación financiera de la Argentina a la categoría de "frontera", un escalón por debajo de "emergente", lo que provocó una drástica reducción de la llegada de fondos de inversión internacionales.
A partir de la nueva Resolución, quienes ingresen divisas por inversión o préstamos contraídos en el exterior quedarán exentos de efectuar un depósito, y podrán disponer libremente de los fondos a partir de los 120 días corridos. "Era una medida que quedó vieja, de la época en que ingresaban dólares", señaló el martes pasado el ministro de Hacienda, Alfonso Prat Gay, al anunciar el fin del denominado cepo cambiario.Viernes, 18 de diciembre de 2015
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