Rige la prohibición de cosecha y secado de yerba
El Instituto Nacional de la Yerba Mate (INYM) recuerda que se encuentra envigencia la Resolución 37/2007 que establece la prohibición de cosecha y secanza durante los meses de octubre y noviembre.
El INYM también señala que durante el periodo comprendido entre el 1º de diciembre y el 31 de marzo las actividades de cosecha y secanza se encuentran limitadas, ya que los secaderos que pretenden realizar estas tareas deberán solicitar la autorización correspondiente alINYM, con una anticipación mínima de diez días hábiles.
Todos aquellos secaderos que procesen materia prima durante los meses de octubre y noviembre, o que no soliciten la autorización para el periodo diciembre – marzo serán sancionados con la clausura, sin perjuicio de ser pasibles de otras sanciones conjuntas previstas en la Ley25.564.
La mencionada Resolución comenzó a instrumentarse con el objetivo de formalizar una situación que habitualmente se manifestaba durante los meses de octubre y noviembre.
Históricamente durante este lapso el volumen de cosecha es mínimo, debido a que coincide con el ciclo natural de brotación de la planta de “Ilex paraguariensis”.Miércoles, 7 de octubre de 2015