¿Cómo se justifica la falta de voto en las PASO y qué pasa si no se hace? Los electores que no votaron en las primarias del 9 de agosto tienen tiempo hasta el 8 de octubre para justificar por qué no emitieron su voto ya que, de lo contrario, serán considerados infractores y deberán pagar una multa. Esto, sin embargo, no impide que puedan participar de las elecciones de octubre.
Realizar el trámite a través de la web http://infractores.padron.gov.ar , o presentarse personalmente a la Junta Electoral de sus localidades y llevar una fotocopia de DNI y el comprobante que justifique la imposibilidad de haber votado el 9 de agosto.
En caso de no tener justificativo se debe abonar una multa cuyo monto, según esta previsto en la Ley Electoral, es de 50 pesos para quien no haya votado en las primarias y tampoco haya justificado la no emisión del voto.
Si el elector infractor no vota en las elecciones generales de octubre y no justifica la no emisión del voto, el monto de la multa asciende a 100 pesos.
Por lo tanto, aquellos electores que figuren como infractores tanto en las primarias como en las generales, deberán pagar una multa de 150 pesos.
Mientras los infractores no regularicen su situación, pagando la multa correspondiente, no podrán realizar gestiones o trámites ante los organismos estatales nacionales, provinciales, de la ciudad autónoma de Buenos Aires o municipales durante un año.Miércoles, 30 de septiembre de 2015
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