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Crean por ordenanza el Fondo Municipal para la financiación de viviendas sociales  Pasadas las 9hs. del miércoles 2 de octubre, el presidente del cuerpo Prof. Rodolfo Santini y la secretaria Dra. María Cristina Marín, dieron inicio a la audiencia pública prevista en la sesión anterior para tratar el Proyecto de Ordenanza del Bloque Proyecto Corrientes de designar con el Nombre de “Mario D´Avis” a la cortada en el barrio Yaguá Rincón.
Primeramente se dio lectura por secretaría la ordenanza aprobada en primera lectura. Estuvieron presentes familiares, vecinos del barrio Yaguá Rincón y amistades de quien en vida fuera Don Mario D´avis. Todos concordaron en el trabajo y vida de este ciudadano Uruguayo que fuera vecino de este barrio tan querido.
Primeramente se dio lectura por secretaría la ordenanza aprobada en primera lectura. Estuvieron presentes familiares, vecinos del barrio Yaguá Rincón y amistades de quien en vida fuera Don Mario D´avis. Todos concordaron en el trabajo y vida de este ciudadano Uruguayo que fuera vecino de este barrio tan querido.
Luego de varias expresiones el presidente finalizó la audiencia pública para dar inicio a la sesión. Somete a votación el orden del día, el que es aprobado. El concejal Duarte solicita la palabra, y utilizando el art. 132 del reglamento interno de este cuerpo, aprovechó para saludar a los Recolectores de Residuos al celebrarse su día.
Luego se trató el primer punto, referido a la lectura y consideración del acta N° 1516, el que fue sometido a votación y aprobado unánimemente.
El 2do. punto fue el tratamiento de la Ordenanza aprobada en 1° Lectura Expte. N° Expte. N°5233/19 referido al proyecto de Ordenanza del Bloque Proyecto Corrientes, designar con el nombre de “Mario D´Avis” a la cortada en el barrio Yaguá Rincón. Luego de todo lo expresado en la audiencia, se dio lectura y se sometió a votación lo que fue aprobado unánimemente.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE CURUZÚ CUATIÁ
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Art. 1°.- DESIGNAR con el nombre de “MARIO D´AVIS” a la cortada ubicada entre las calles Rafael Perazzo y Las Heras, barrio Yagua Rincón.
Art. 2°.- COLOCAR en el lugar el cartel con el nombre “MARIO D´AVIS”, cuyo diseño estará a cargo del DEM.
Art. 3°.- De forma.
Seguidamente se trataron los despachos de la comisión de gobierno, primero el Expte. N°5054/18 referido al proyecto de Ordenanza del Bloque Proyecto Corrientes de designar con el Nombre de Justo Núñez a la cortada ubicada en Barrio Yagua Rincón. La comisión solicitó el pase a archivo lo que fue aprobado.
Luego se trató el Expte. N°5212/19 sobre el proyecto de Ordenanza del DEM. de crear un Fondo Municipal para la financiación de viviendas sociales. El concejal Fernández comentó sobre la necesidad de nutrir al municipio herramientas destinadas a paliar la precariedad habitacional de muchos ciudadanos a través de la instauración de un mecanismo que facilite el acceso a la vivienda como posibilidad de reparación de viviendas que posean un alto grado de fragilidad. Teniendo en cuenta que existe hoy imposibilidad de una importante franja social que tiene vedado el acceso a una vivienda digna por cuestiones coyunturales y estructurales para lo cual resulta menester el apoyo financiero de organismos y herramientas crediticias destinadas a tal fin. Es por todo esto que solicitó el apoyo del cuerpo legislativo para aprobar este proyecto. El presidente somete a votación y es aprobado unánimemente.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE CURUZÚ CUATIÁ
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Art. 1° CREAR EL FONDO MUNICIPAL PARA LA FINANCIACION DE VIVENDAS SOCIALES.
Art. 2° Dicho Fondo se nutrirá de los recursos que obtenga el Departamento Municipal por los siguientes medios:
a) Venta de Terrenos, Inmuebles o bienes Municipales destinados a la formación del Fondo con autorización del Concejo Deliberante de Curuzú Cuatiá.
b) Aportes de entidades Crediticias de financiamiento mediante el aporte de fondos determinados, previa autorización del Concejo Deliberante Municipal.-
c) Fondos que ingresen a la cuenta a crearse a tal fin en la entidad Financiera que se determine oportunamente por recupero de créditos conferidos, aportes voluntarios de terceros, aportes de entidades nacionales o Internacionales no reintegrables, subsidios y/o cualquier motivo siempre que su aporte no conlleve el compromiso de restitución por parte de la Municipalidad.-
Art. 3° EL fondo resultará administrado por la Secretaría de Finanzas en forma conjunta con un representante de la Secretaria de Gobierno y otro de la Secretaria de Obras Privadas. Dicho ente resultara creado por el Departamento Ejecutivo y renovado cada CUATRO AÑOS mediante resolución con indicación de las personas que lo integren no pudiendo repetirse su conformación una vez vencido cada periodo, debiendo sustituirse al menos un miembro de la misma. Se denominara EL ADMINISTRADOR.
Art. 4° Su objeto principal será conferir CREDITOS para la CONSTRUCCION, REPARACION Y/O AMPLIACION de VIVIENDAS cuya superficie cubierta no exceda de 70m2, para un Grupo Familiar de hasta Cuatro Personas y de 100 m2 para un grupo familiar de hasta 6 personas, pudiendo considerar excepciones para casos en que los miembros del grupo familiar excedan dicha cantidad.
Los CREDITOS estarán dirigidos a atender en forma prioritaria y conforme al siguiente orden de prelación: (I) PERSONAL DE PLANTA MUNICIPAL, (II) JUBILADOS MUNICIPALES, (III) JUBILADOS NACIONALES Y PROVINCIALES, (IV) PENSIONADOS, (V) PERSONA EN RELACION DE DEPENCIA que no puedan acceder a créditos en instituciones de crédito públicas y/o privadas.
Art. 5° El ADMINISTRADOR fijará en forma semestral o anual previo análisis de los recursos disponibles el monto por el que conferirá los créditos, los que serán reembolsables teniendo como tasa de actualización del mismo un INDICE que será ajustable por el porcentaje de incremento de salarios del personal MUNICIPAL y el incremento general que disponga el INSTITUTO DE PREVISION SOCIAL de la Provincia de Corrientes para las JUBILACIONES Y PENSIONES PROVINCIALES.
Art. 6° Las construcciones deberán ser realizadas mediante la utilización de mano de obra local y la compra de Materiales deberá efectuarse en Corralones de la Construcción Locales.-
Art. 7° EL ADMINISTRADOR establecerá un sistema de desembolso de los importes conferidos en créditos mediante transferencia Bancaria efectuada a los Proveedores de obra que el agente beneficiario del crédito indique pudiendo solamente otorgarse transferencia a favor del beneficiario de un 20% del monto del crédito conferido para la atención de pagos menores.
Art. 8° Los Beneficiarios de los créditos conferidos contaran con un plazo de gracia para iniciar la reposición de los fondos de Seis Meses desde el otorgamiento del mismo, o en su defecto desde que acrediten el Ingreso a la vivienda para su habitación. En caso de ingresar a vivir antes de los seis meses el plazo de gracia permanecerá en su favor. Si por alguna razón ajena a su responsabilidad la obra se prolongara más allá de dicho lapso podrán solicitar la extensión del plazo hasta el ingresos efectivo a la vivienda.
Art. 9° Las Viviendas que se construyan por este plan no podrán ser transferidas hasta la finalización del pago del Crédito conferido, constituyéndose una hipoteca a favor de la Municipalidad y a cargo del BENEFICIARIO con las condiciones que imponga el ADMINISTRADOR.
Art. 10° Cuando la Vivienda se construya en Lotes que aporte el ADMINISTRADOR mediante el sistema de Venta de Lotes Municipales la transferencia definitiva se efectuara una vez cancelado el crédito conferido.
Art. 11° EL ADMINISTRADOR incluirá dentro del pago de la cuota el costo de un Seguro a efectos de mantener resguardado el valor de la propiedad en caso de incendio o fallecimiento del beneficiario, el seguro estará constituido a favor de la Municipalidad de Curuzú Cuatiá. En caso de acaecimiento de un hecho que lo torne operativo percibirá el saldo de cancelación del crédito e imputará el remanente a la adjudicación y construcción de una nueva vivienda para el damnificado.
Art. 12° El ADMINISTRADOR se encuentra facultado para adquirir con dicho objeto, terrenos en los cuales disponer la construcción de la viviendas o podrá obtener estos por Resolución que efectúe el Concejo Deliberante de Curuzú Cuatiá de bienes reputados del dominio Público o adquiridos por la Municipalidad de Curuzú Cuatiá por compra o donación.
Art. 13° En caso de construir las viviendas en dichos LOTES la transferencia definitiva de los mismos se realizara una vez cancelados los créditos y el precio del lote deberá ser incorporado a los contratos de restitución de fondos por el valor que el administrador les adjudique.
Art. 14° El ADMINISTRADOR queda facultado para redactar los correspondientes instrumentos contractuales para la vinculación con los beneficiarios. Así también para efectuar el análisis socio - económico .habitacional correspondiente que justifique el otorgamiento del mismo y determinar el monto de los créditos, que siempre deberán garantizar la conclusión de la construcción de la vivienda.-
Art.15° El ADMINISTRADOR podrá gestionar ante entidades financieras el acceso al crédito de los sujetos comprendidos en las disposiciones de esta ordenanza instrumentando los medios para que queden preservados los aportes efectuados por el fondo sea a través de Lotes o de Aportes parciales al Beneficiario con fondos propios.
Art. 16° El ADMINISTRADOR efectuará en forma anual un informe al Concejo Deliberante de Curuzú Cuatiá indicando el monto de los créditos conferidos, la cantidad de viviendas construidas y los montos pendientes de reintegros, la Lista de sujetos Beneficiarios y lista de solicitantes.-
Art. 17° De forma.
Seguidamente se trató el Expte. N°5240/19 en relación al proyecto de Declaración del Bloque PJ, Declarar de Interés Municipal el Encuentro Nacional Héroe “Ramón Antonio Meza”. El concejal Duarte pidió la lectura del mismo y luego comentó la importancia de este encuentro, que además lleva el nombre de un Curuzucuateño que dio la vida por la Patria. En el proyecto explica que Ramón Antonio es hijo de Curuzú Cuatiá y que es un honor para nuestro pueblo que a un curuzucuateño se le rinda semejante homenaje.
Los organizadores del Encuentro no solo quieren rendir un humilde homenaje y reconocimiento a al Héroe, sino mucho más, dejar sentado que en estas acciones quedo demostrada una entrega desinteresada llena de valor y coraje y que CURUZU CUATIA tiene un Héroe en la Compañía 12,7 mm.
Se puso a votación y fue aprobada unánimemente la Declaración.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE CURUZÚ CUATIÁ
DECLARA
Art. 1°.- DECLARAR de Interés Municipal el Encuentro Nacional Héroe “RAMON ANTONIO MEZA” Compañía AMET PESADA 12,7 BICO en Malvinas BATALLÓN DE INFANTERÍA COMANDO, que se realizará en la ciudad de Goya Corrientes los días 16 y 17 de noviembre de 2019.
Art. 2°.- ENTREGAR copia a los organizadores.
Art. 3°.- De forma.
Siguiendo con el orden del día, se trató el 4° punto referido a proyectos ingresados, de ordenanza del DEM de autorizar a la Secretaría de Economía y Finanzas que mediante firma facsimilar represente a la Municipalidad para dar curso a los Convenios de Pagos, pasó a comisión de Presupuesto.
De Resolución del Bloque UCR de invitar al Sr. Secretario de Obras Públicas a una reunión con la comisión de obras ampliada con Labor Parlamentaria, pasó a comisión de Obras.
De Declaración del bloque ELI de declarar de Interés Municipal las actividades sociales y comunitarias de los ex alumnos de la escuela N° 471, pasó a comisión de Gobierno.
El 5to. punto fue el de comunicaciones oficiales, del DEM los Boletines municipales N° 3271, 3272, 3273,3274 y 3276, quedaron en secretaría.
Del Juzgado de Familia y Menores invitando al acto de Inauguración del edificio destinado al Juzgado de familia y menores que se realizará el martes 8 de octubre próximo.
Del Defensor del Pueblo solicitando se evalué el dictado de una Ordenanza que establezca una exención del 50% sobre la tasa de Seguridad e Higiene, para los supermercados que no entreguen bolsas de polietileno. Y solicitar se evalué el dictado de una Ordenanza que establezca un programa de detección temprana de la enfermedad celíaca, pasaron a comisión de Gobierno.
El 6to. punto se trataron notas privadas de Víctor Cesar Sánchez, solicitando el tendido de la red de gas natural, pasó a comisión de Obras.
De la Rueda femenina del Rotary Club, solicitando se declare de Interés municipal el 25° Aniversario de Oratoria, pasó a comisión de Gobierno.
De la Liga de Futbol Gral. Belgrano solicitando la donación de Trofeos, pasó a comisión de Peticiones.
El 7° punto se trató de las resoluciones del DEM:
N°821: Otorgar ayuda económica a Juan Díaz.
N°822: Autorizar la compra de material calcáreo al Sr. Sánchez Nicolás Matías para relleno sanitario.
N°823: Otorgar ayuda económica a al Ciclo Superior Construcciones de la Escuela Técnica “Ing. Juan José Gómez Araujo”.
N°824: Otorgar ayuda económica al Club de Jockey del Tiro Federal
N°825: Adjudicar a la empresa Remises María Auxiliadora el uso del local N° 12 de la Terminal de Ómnibus.
N°826: Otorgar ayuda económica a Molina Ángela Petrona.
N°827: Determinar que el Proyecto de Mejoramiento del Barrio Yagua Rincón no se encuentra en aéreas de alta vulnerabilidad.
N°828: Determinar que el 85% de la población asentada, en el área de intervención del Programa de Mejoramiento de Barrios, no tiene cubierta las necesidades básicas.
N°829: Modificar el inc. c) del Art.2 de la Resolución del DEM N° 146/18.
Luego de finalizado el orden del día y no habiendo más temas que tratar, el presidente Rodolfo Santini convocó a los Sres. concejales a la próxima sesión para el día miércoles 9 de octubre. Miércoles, 2 de octubre de 2019
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