HCD: Sancionan ordenanza para la regularización de tasas y tributos con facilidades de pago 
Pasadas las 9hs. del miércoles 25 de septiembre, el presidente del cuerpo Prof. Rodolfo Santini y la secretaria Dra. María Cristina Marín, dan inicio a la sesión, con la ausencia justificada del concejal Paez. Primeramente el presidente solicita la incorporación del Expte. 5235/19 referido al proyecto del DEM de establecer un régimen especial de regularización y de facilidades de pago por tasas o tributos municipales, este fue aprobado e incorporado. La concejal Quiroz utilizando el art. 132 del reglamento interno expresó que en el día de la fecha se cumplen 131 años de que la Cámara de Representantes de la provincia de Corrientes elevara de villa a ciudad a Curuzú Cuatiá. Seguidamente el presidente somete a votación el orden del día, el que es aprobado. Luego se trató el primer punto, referido a la lectura y consideración del acta N° 1515, el que fue sometido a votación y aprobado unánimemente.
El 2do. punto fue el tratamiento de los despachos, primero de la comisión de Gobierno, el Expte. N°5233/19 sobre el proyecto de Ordenanza del Bloque Proyecto Corrientes de designar con el nombre de “Mario D´Avis” a la cortada en el barrio Yaguá Rincón. El concejal Fernández comentó la necesidad de designarle un nombre a esta cortada para identificar las direcciones de las viviendas y teniendo en cuenta que esta persona ha sido uno de los referentes sociales debido a las labores que realizaba en su barrio asistiendo, colaborando en los eventos familiares y fundamentalmente el buen trato, respeto y buena predisposición para el bienestar y progreso de su comunidad formando parte de las primeras comisiones barriales. Estuvieron presentes en la sesión Sra. e hijas de Mario D´avis. Luego de expresiones de los Sres. concejales Farinon, Santini y Balceda sobre sus experiencias con él, se sometió a votación y fue aprobado en primera lectura. La audiencia pública y posterior tratamiento se realizará el próximo miércoles 2 de octubre a las 9hs en el recinto de sesiones.
Seguidamente se trataron los despachos de la comisión de Presupuesto, primero el Expte. N°5211/19 sobre el proyecto de Ordenanza del DEM de llamar a Licitación Pública para la venta de un terreno, para la Instalación de una estación de gas natural. El concejal Isusi comentó que este proyecto tiene Urgente Tratamiento y en virtud de que el mismo requiere un estudio más profundo, esta comisión aconseja a este H.C.D se aplique la última parte del Art. N° 56 de la C.O.M. dejando sin efecto el procedimiento de "Urgente Tratamiento". El presidente somete a votación y es aprobado y el expediente tendrá tratamiento ordinario.
Luego se trató el Expte. N°5236/19 referido al proyecto de Resolución del Presidente del HCD de aumentar y disminuir partidas del Presupuesto del HCD 2019, la concejal Quiroz explicó que se necesita realizar estas transferencias de partidas, lo que se sometió a votación y fueron aprobadas.
Luego se trataron los Expte. N°5237 /19 Resolución del DEM N° 811 de aumentar el Plus Salarial y el Expte. N°5238 /19 sobre la resolución del DEM N° 812 de aumentar la Asignación por Hijo, explicaron tanto la concejal Quiroz y el concejal Isusi el beneficio para el empleado municipal tanto el plus como la asignación por hijo, por ello solicitaron el acompañamiento de los ediles para la aprobación de estos proyecto homologando las resoluciones del DEM 811 y 812.
Seguidamente se trató el expediente que fuera incorporado en el orden del día, el Expte. N° 5235/19 referido al proyecto del DEM de establecer un régimen especial de regularización y de facilidades de pago por tasas o tributos municipales. El concejal Isusi comentó que la voluntad de una importante cantidad de contribuyentes manifiestan su intención regularizar sus deudas para con este Municipio, resultándole sumamente gravoso la carga de intereses por los períodos vencidos, generando un desánimo generalizado en su intención de pagar las deudas vencidas y paralelamente mantener al día sus cuentas y que es oportuno ofrecer un régimen de regularización y plan de facilidades de pago, que contemple una condonación de Interés y facilidad en el pago de las deudas en cuotas y de esta manera se lograra cobrar gran parte de la deuda de tributos de recaudación municipal y comenzar a cobrar regularmente los vencimientos venideros de una gran cantidad de contribuyentes.
El presidente luego de lo expresado puso a consideración el proyecto el que fue aprobado unánimemente.
POR ELLO
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE CURUZU CUATIA
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA:
ART. 1: ESTABLECER un régimen especial de regularización y de facilidades de pago para aquellos contribuyentes y demás responsables de la Tasa por Servicios Generales, Licencia Comercial, Impuesto Inmobiliario, Impuesto a los Automotores y otros rodados, Derechos de Cementerio, Derecho de Aprobación de Planos, Contribuciones de Mejoras (Pavimento), Derechos de inscripción de Títulos, así como cualquier otro tributo o concepto cuya recaudación se encuentre a cargo de la MUNICIPALIDAD DE CURUZU CUATIA, por obligaciones cuyo vencimiento ocurra hasta el 30 de septiembre de 2019 inclusive.
ART. 2: QUEDAN comprendidos dentro del régimen de la presente Ordenanza y podrán regularizar su situación en la forma y condiciones que fija la misma, los contribuyentes y demás responsables por deudas que mantengan en concepto de anticipos o cuotas y sus correspondientes intereses, de los mencionados tributos y conceptos.
El presente régimen especial de regularización y de facilidades de pago tendrá vigencia desde el 01 de octubre, hasta el 20 de diciembre de 2019, ambos inclusive. En caso que el vencimiento coincida con un día inhábil, se prorrogará al día hábil inmediato siguiente.
El acogimiento al presente régimen podrá efectuarse por la totalidad o parte de la deuda vencida a la fecha indicada en el Art. 1 de la presente, comenzando siempre por la más antigua, no pudiendo incorporarse por una fracción de un anticipo, cuota o período.
ART. 3: PODRÁN incluirse en el presente régimen las deudas que se encuentren en vía de reclamo administrativo o ejecución fiscal. El acogimiento al presente régimen implica el expreso allanamiento del deudor al reclamo por vía judicial y/o extrajudicial. El pago de los honorarios de los letrados intervinientes, costas y gastos causídicos regulados en juicio se abonarán en el proceso respectivo y conforme a las leyes vigentes en la materia, no percibiéndose suma alguna por los trámites extrajudiciales.
ART. 4: ESTABLECER las siguientes alternativas para regularizar las deudas indicadas en los artículos anteriores por cada tributo:
1) Pago al CONTADO del TOTAL adeudado por tributo: condonación total de intereses, recargos y multas devengados a la fecha de acogimiento.
2) Pago al CONTADO A CUENTA del total adeudado por tributo: para el caso de aquellos contribuyentes que no cancelen la totalidad de los importes adeudados por cada tributo, gozarán de los siguientes beneficios: condonación total de intereses, recargos y multas devengados a la fecha de acogimiento.
3) Pago con convenio EN CUOTAS:
N° de Cuotas
Condonación de intereses, multas y recargos
Entrega Inicial
Tasa de interés Mensual por Financiación
Hasta 6
75%
15%
1%
Hasta 12
50%
15%
1%
Hasta 24
25%
15%
1%
ART. 5: REGIMEN DE PAGO EN CUOTAS. Para el caso en que los contribuyentes o demás responsables opten por el pago en cuotas, se regirán por las siguientes disposiciones:
1) Los intereses, multas y recargos a ser condonados, son aquellos que se hayan devengado hasta la fecha de acogimiento al presente régimen.
2) Como principio de ejecución del Convenio de Pago en Cuotas, en el momento de proceder a la firma del mismo, deberán efectuar una entrega inicial a cuenta, cuyo importe no podrá ser inferior al que se determine calculando el porcentaje establecido anteriormente sobre el valor total de la deuda que será incorporada en el Convenio, antes de aplicar los beneficios de la condonación.
3) La determinación del valor de la cuota del Convenio de Pago, surgirá de la aplicación de la tasa de interés por financiación establecida en la presente mediante el sistema directo. Las cuotas serán mensuales, iguales y consecutivas, venciendo el día diez de cada mes; correspondiendo el vencimiento de la primer cuota el mes inmediato siguiente al de la firma del convenio correspondiente.
4) La mora en el pago de una o más cuotas dará derecho a la Municipalidad, previa intimación por el término de cinco (5) días, a rescindir el convenio de facilidades de pago y a iniciar, sin más trámite, las gestiones judiciales para el cobro de la deuda total impaga con mas los recargos, intereses y multas que se hubieren condonado desde el vencimiento original de cada una de las obligaciones y hasta la fecha del efectivo pago de las mismas. La entrega inicial y las cuotas que el contribuyente hubiese pagado se considerarán a valores nominales y sin reconocimiento de interés alguno, como pago a cuenta de la deuda original, sus intereses y accesorios.
ART. 6: La vigencia de la presente no implica espera y no impide la iniciación y/o prosecución de los reclamos administrativos y las demandas por vía de apremio, excepto cuando el contribuyente abone la deuda conforme a lo prescripto en el inciso 1 del Art. 4 de la presente, antes del diligenciamiento de la correspondiente Cédula de Intimación de Pago. Los Convenios de Pago en Cuotas no implican transacción, ni desistimiento del proceso de apremio en trámite, ni renuncia alguna a los derechos derivados del mismo hasta tanto la deuda no sea abonada en su totalidad incluidas las costas, costos e intereses del mismo. Dicho proceso continuará hasta la completa efectivización de las sumas resultantes incluido costas. La firma de un Convenio de Pago en Cuotas implica el expreso allanamiento del deudor al reclamo por vía judicial y/o extrajudicial e interrumpe la prescripción para determinar el tributo, proseguir su cobro y aplicar las sanciones e intereses correspondientes a los impuestos, conceptos y períodos fiscales comprendidos en el acogimiento.
ART. 7: De forma.-
Siguiendo con el orden del día, se trató el 3° punto referido a proyectos ingresados, de ordenanza del presidente del HCD, de derogar la ordenanza N° 3205. Condonación de Deuda, la misma se refiere a un error administrativo, la que se puso a consideración y fue aprobada unánimemente.
DE DECLARACION Del Bloque PJ, de Declarar de Interés Municipal el Encuentro Nacional Héroe “Ramón Antonio Meza”, pasó a comisión de gobierno.
Del Bloque ELI de Declarar de Interés Municipal la Jornada educativa de primeros auxilios y enfermería. La concejal Quiroz comentó debido a la fecha de realización se trate sobre tablas, lo que fue aprobado unánimemente. Luego de la lectura del proyecto el presidente pone a consideración y es aprobado unánimemente.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE CURUZU CUATIA
DECLARA
Art. 1°. DECLARAR de Interés Municipal la Jornada Educativa de Primeros Auxilios y Enfermería que se realizará el 26 de septiembre próximo en la Sociedad Italiana a las 8hs.-
Art. 2°.- ENVIAR copia a los encargados del dictado de la Jornada.
Art. 3°. –De forma.
El 4to. punto fue el de comunicaciones oficiales, de la Junta electoral remitiendo documentación solicitada por este HCD y de Auditoria Municipal informando sobre documentación recibida de la Secretaría de Economía y Finanzas, quedaron en secretaría para su conocimiento.
El 5to. punto se trató las notas privadas de Adan Santos Moreira, solicitando condonación de deuda, pasó a comisión de Presupuesto.
El 6to. punto se trataron las resoluciones del DEM:
N°813: Disminuir e incrementar partidas de egresos del presupuesto del DEM N°814: Contratar para la Estudiantina 2019 al Grupo “Canto para Bailar”
N°815: Modificar art. 4° de la Resolución N°448/18. Reglamentación de Remises, pasó a comisión de gobierno.
N°816: Otorgar ayuda económica al Club San Martin, pasó a comisión de presupuesto.
N°817: Promulgar y Publicar la Ordenanza N°3209. Autorizar al Sr. Intendente Municipal a celebrar convenio con Gendarmería Nacional.
N°818: Otorgar ayuda económica Juana Borda.
N°819: Otorgar ayuda económica Diego Alejandro Márquez.
N°820: Otorgar ayuda económica Trifona Gómez.
Luego de finalizado el orden del día y no habiendo más temas que tratar, el presidente Rodolfo Santini convocó a los Sres. concejales a la audiencia pública para el día miércoles 2 de octubre a las 9hs en el recinto de sesiones.-Miércoles, 25 de septiembre de 2019
|