Diputados deberá prever millonario pago a judiciales que demandaron al Estado Los juicios por la “Ley de enganche” que no obedecieron los miembros del Superior Tribunal de Justicia en 1991 se convirtieron este año en embargos a las cuentas del Estado provincial. Aunque la información es difusa, se estima que ya fueron trabados ocho millones de pesos. Pero se estima que la cifra puede ser escandalosamente superior. Según el abogado Carlos Claudiani, uno de los profesionales que tiene a su cargo varias de estas demandas, ya están en condiciones de ejecutarse cerca de 200 millones y hay demandas en curso que podrían elevar la cifra a mil millones.
Frente a un panorama de embargos al Estado y de otras decenas o centenas de demandas perdidas se espera que los legisladores tomen protagonismo antes de que la situación complique aún más las arcas de la administración pública.
El gobierno de Jorge Capitanich plateó recursos extraordinarios o “in extremis” a través de la Fiscalía de Estado a cargo de Jorge Alcántara para destrabar dichos fondos. También se solicitó formalmente al Banco Nación que advierta lo que consideran una “violación” a la Ley 24624, ya que varias de las cuentas embargadas a la Provincia están en esta entidad.
En cambio, las maniobras para morigerar el impacto de los embargos, no evitarán que los diputados provinciales deban hacerse de calculadoras e incluyan en el Ejercicio 2016 la previsión del pago de los juicios perdidos. “Si bien no me corresponde a mi decirlo, mi opinión personal es que deberían comenzar a trabajar en el tema durante lo que quede del año”, reconoció Alcántara en una entrevista con NORTE
Qué dice la Ley
La Ley 24624 de “Presupuesto” tiene dos artículos que rezan sobre la inebargabilidad de fondos del Estado. El 19º, sostiene que “los fondos, valores y demás medios de financiamiento afectados a la ejecución presupuestaria del Sector Público, ya sea que se trate de dinero en efectivo, depósitos en cuentas bancarias, títulos, valores emitidos, obligaciones de terceros en cartera y en general cualquier otro medio de pago que sea utilizado para atender las erogaciones previstas en el Presupuesto General de la Nación, son inembargables y no se admitirá toma de razón alguna que afecte en cualquier sentido su libre disponibilidad por parte del o de los titulares de los fondos y valores respectivos”.
Y además sostiene que lo dispuesto en este artículo “es de aplicación para cualquier clase de cuenta o registro a nombre del Estado Nacional o de cualquiera de sus organismos o dependencias”. Por su parte el artículo 20 aclara que el Estado deberá “tomar conocimiento fehaciente” de las sentencias firmes en su contra antes del 31 de agosto, para prever los recursos en el presupuesto del año siguiente.
Modo contrario, “los recursos asignados por el Congreso Nacional se afectarán al cumplimiento de las condenas”.
Para Alcántara “no hubo sentencias ejecutadas antes del 31 de agosto de 2014, por lo tanto “no existía la obligación de prever estos pagos en el Ejercicio 2015 y los fondos en cuestión son inembargables”.
Pero admitió que “deberán afrontarse en el Ejercicio 2016”. Lo que no quedó claro es si el Ejecutivo a cargo de Capitanich incluirá la previsión de dicho pago en su último proyecto de Presupuesto, ya que este dijo que “será la próxima gestión la queda deba solucionar este problema”. O si serán los legisladores quienes deban incluir esta partida presupuestaria. (Norte)Martes, 18 de agosto de 2015
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