Diputados: Otorgan media Sanción a la Emergencia Hídrica y Económica para Sauce La Cámara Baja de la Legislatura Provincial aprobó el proyecto de Ley de Declaración de la Emergencia Hídrica, Sanitaria, Económica, Social al Departamento de Sauce, por el término de ciento ochenta (180) días; estableciendo además la realización de un censo de familias afectadas con asistentes sociales. El Cuerpo Parlamentario también manifestó su preocupación por la situación que atraviesa la radio LT 6 de Goya; además de aprobar distintas iniciativas.
La Cámara de Diputados de la Provincia de Corrientes, en su sesión 14 -presidida por su titular Pedro Cassani-, aprobó el proyecto de Ley que Declara “la Emergencia Hídrica, Sanitaria, Económica, Social al Departamento de Sauce, por el término de ciento ochenta (180) días”, debido al desborde del Arroyo “Sauce” -que atraviesa la localidad homónima- , hecho que causó la pérdida de viviendas, muebles y electrodomésticos, pequeñas huertas, chacras y mermas y afectación de comercio a más de 250 familias, según lo explicado por el diputado Luis Badaracco, autor de la iniciativa que ahora pasó al Senado para su sanción.
Por otra parte, se aprobó “sobre tablas” un proyecto de resolución que “requiere a la Comisión Nacional de Museos, Monumentos y Lugares Históricos, elabore un diagnóstico integral que evalúe los riesgos de conservación del edificio del Teatro Solari de la ciudad de Goya”. La iniciativa, autoría del diputado goyano Héctor López, busca proteger a este escenario artístico, que según lo explicado en el recinto parlamentario, es el “más antiguo del país”.
Asimismo, el cuerpo parlamentario manifestó formalmente –a través de una Declaración- su preocupación ante la amenaza de “remate” de la radio LT 6 de Goya, “siendo que es una empresa recuperada administrada por una cooperativa de trabajadores de dicho medio que transmite desde hace casi seis décadas prestando un servicio a la comunidad de GOYA y zona de influencia”. Al respecto, el presidente Pedro Cassani informó a sus pares de las “gestiones” encaradas en los últimos tiempos, indicando que “lo más importante en la actualidad, según lo conversado con los trabajadores, pasaba por mantener la frecuencia”, por lo que encomendó a sus pares con mayores vínculos con el Gobierno Nacional, que intercedan para lograr del organismo pertinente la preservación de la autorización respectiva para emitir señal”. Sobre la importancia de esta emisora para toda la región, también se expresaron los diputados Alicia Locatelli, Héctor López y José Mórtola, todos en el mismo sentido “solidario”.
En el cónclave, también se aprobaron una serie de resoluciones y declaraciones, entre las que se destacan la solicitud al Ministerio de Desarrollo Social para facilitar herramientas y recursos a la Fundación Amanecer de Esperanzas del Barrio Unión de la ciudad de Corrientes; el pedido de provisión del servicio de energía eléctrica y aplicación de tarifa social para discapacitados presentado por la diputada Sonia Lopez para usuarios de Concepción; informes sobre el deceso de una niña de tres meses el Hogar Tía Amanda; e informes sobre el deceso de un adolescente discapacitado en el Hogar Domingo Savio.
Vale mencionar que el proyecto de Adhesión a la Ley Nacional 26774 denominado de “Ciudadanía Argentina” –para que los menores de 16 años puedan votar- volvió a la comisión de Asuntos Constitucionales para ser tratado con preferencia dentro de dos sesiones.
La reunión se inició pasadas las 11.35 y finalizó pasado el mediodía, registrándose las ausencias de los diputados Hugo Vallejos, Carlos Farizano y Jorge Molina. Ayuda para Sauce
La parte resolutiva del proyecto de Ley, que ahora pasa al Senado para su análisis y posterior sanción, señala:
ARTÍCULO 1º: DECLÁRESE la Emergencia Hídrica, Sanitaria, Económica, Social en el Departamento de Sauce, por el término de ciento ochenta (180) días contados a partir de la vigencia de esta ley.
ARTÍCULO 2°: El Gobierno Provincial, a través de la Ministerio de Desarrollo Social, en conjunto con el municipio de la ciudad de Sauce, realizará un censo de las familias afectadas, con asistentes sociales, en un plazo de 10 días corridos contados a partir, de la puesta en vigencia de la presente.
ARTÍCULO 3°: A las familias afectadas que surjan del Censo previsto en el artículo 2°, se dispondrá todo lo necesario para reparar o relocalizar sus viviendas dependiendo del caso y reponer muebles, electrodomésticos y elementos básicos para la vida diaria.
ARTÍCULO 4 °: El ministerio de Salud Pública de la provincia, atenderá las necesidades sanitarias de las familias afectadas, atendiendo especialmente los grupos más vulnerables de niños y adultos mayores.
ARTÍCULO 5 º: Suspéndese por igual término que el establecido en el art. 1°, la emisión y gestión de intimación por falta de presentación y/o pago de impuestos, así como la iniciación de juicios de ejecución fiscal y el cobro de las deudas reclamadas en los mismos, correspondientes a los contribuyentes afectados que surjan del censo previsto en el art. 2°.
ARTÍCULO 6º: El Gobierno Provincial a través del Banco de Corrientes S. A., creará una de línea de crédito con tasa subsidiada, para los afectados que surjan del artículo 2° según la presente ley.
ARTÍCULO 7°: Instar al Poder Ejecutivo a llevar adelante las gestiones necesarias ante el Gobierno Nacional, a los fines de obtener la ayuda económica para cumplir con los objetivos de atención y prevención que se diseñen, en el plazo más breve posible.
ARTÍCULO 8 º: EL Poder Ejecutivo reglamentara la presente ley dentro de los cinco (5) días de su publicación en el Boletín Oficial.Miércoles, 2 de septiembre de 2015
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