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De Vido propone que las pensiones por discapacidad sean irrevocables por Ley

El diputado kirchnerista presentó el proyecto de ley ante la polémica generada en torno al tema esta semana. El Estado sólo podrá quitar el beneficio recurriendo a la vía judicial, y en caso de que exista sentencia firme.

A raíz de la polémica desatada por la baja de pensiones a personas con discapacidad, que finalmente será dada marcha atrás, el diputado nacional Julio De Vido (FpV-PJ) presentó un proyecto de ley para que el Estado no pueda quitar estos beneficios, una vez que ya hayan sido otorgados.

La iniciativa, acompañada por los legisladores de su bloque Edgardo Depetri y Alberto Ciampini (presidente de la Comisión de Discapacidad) tiene como objetivo “erradicar la discrecionalidad: una vez otorgado un beneficio no contributivo será irrevocable”.

“El Estado ha hecho un enorme esfuerzo los últimos años para integrar social y económicamente a personas con capacidades diferentes excluidas del sistema. Antes de 2003 existía un régimen de cupos: no podía darse una nueva pensión por discapacidad si no se daba de baja otra”, recordó el exministro de Planificación.

En este sentido, el legislador kirchnerista expresó: “estamos convencidos de que las personas con capacidades diferentes no pueden quedar de lado en el compromiso estatal porque otro familiar esté a su cargo, o porque reúnan determinadas condiciones económicas”. “El beneficio debe ser otorgado, y así se entendió durante tantos años, por el mero hecho de la dificultad en su capacidad”, agregó.

El exfuncionario de la gestión kirchnerista sostuvo que el monto que se les reconoce a los beneficiarios, “además de los programas de salud en los que se incluyen, forman parte de un deber moral de la Nación hacia sus habitantes”.

“La modificación que proponemos generará esa certeza jurídica, de que una vez otorgado el beneficio no contributivo no pueda ser retirado”, explicó.

Por último, aclaró que “si el Estado constata algún tipo de anomalía en su concesión tendrá la posibilidad de realizar el planteo judicial, donde se otorgará el debido derecho de defensa al beneficiario, y podrá retirársele una vez que exista sentencia firme”.


Sábado, 17 de junio de 2017
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