Caso Ortíz: El Municipio de Curuzú dejó todo librado al Tribunal Penal de Mercedes Las defensas de los imputados Marquez, Barbayani y Gentilini plantearon Recursos de Casación por la denegatoria de la suspensión de juicio a prueba, lo que fue rechazado por el TOP.
El TOP de Mercedes lleva adelante un juicio por el supuesto delito de negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública contra un ex director de Vialidad y Secretario de Obras Públicas de Curuzú Cuatiá, en el que están imputados Ramón de Jesús Ortiz, Jacinta Eufemia Márquez; Rubén Ernesto Barbayani y Ricardo Ulises Gentilini.
En la jornada del 20 se escuchó en primer lugar a la apoderada de la Municipalidad de Curuzú Cuatiá, doctora Gómez Alderete, quien debía emitir opinión sobre la reparación económica ofrecida en el juicio.
La apoderada sostuvo que estaba frente a un hecho ocurrido con anterioridad al mandato del actual intendente, que la gestión actual no tuvo participación en la causa y que por ello no estaba en condiciones de precisar un monto de la reparación. Y lo dejó librado al arbitrio del Tribunal.
Luego de ello, sin ingresar al análisis pormenorizado de la cuestión el TOP por unanimidad rechazó el pedido de suspensión de Juicio a Prueba por considerar -en el caso- vinculante el dictamen fiscal por hallarse el mismo debidamente fundado, en cuanto a su logicidad y razonabilidad, y la naturaleza de los hechos que se investigaban, con cita a precedentes del STJ en fallos “Sandoval” y “Jajan”.
Luego de ello la Defensa Oficial de los imputados Barbayani y Gentilini plantearon Recurso de Casación contra la Resolución denegatoria de la Suspensión de Juicio a Prueba, lo que fue rechazado in limine por inadmisible al no ser sentencia definitiva.
En forma posterior, la defensa particular de la imputada Márquez planteó Recurso de Casación y Nulidad contra la resolución denegatoria de la Suspensión de Juicio a Prueba. Se le rechazó el pedido por las mismas razones esgrimidas anteriormente, y la Nulidad por no ser materia de casación la nulidad presentada contra una Resolución previa a la apertura del debate.
El TOP procedió a la lectura del Requerimiento de Elevación a Juicio y del Auto de Elevación y se declaró abierto el debate.
Se recuerda que audiencia anterior el Fiscal del TOP dictaminó desfavorablemente a la pretensión arguyendo no correspondía la concesión del beneficio en razón de que están involucrados una persona que cumplía funciones públicas y donde la sociedad demandaba el esclarecimiento de hechos pues se encontraba afectada no solamente la función pública sino la ciudadanía en general.Miércoles, 21 de septiembre de 2016
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